
A partir de marzo de 2026, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) tiene una nueva facultad que todo contribuyente debe conocer: podrá utilizar los fondos de las cuentas de detracciones para pagar deudas tributarias exigibles sin necesidad de autorización previa.
¿Qué significa esto?
Antes, cuando un cliente realizaba una operación sujeta al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (detracciones), el porcentaje retenido se depositaba en una cuenta especial en el Banco de la Nación para ser usado por el proveedor para pagar sus tributos.
Con la nueva norma (Decreto Legislativo N° 1713), la SUNAT podrá retener directamente los fondos acumulados en estas cuentas si el contribuyente tiene una deuda tributaria exigible y vencida, sin necesidad de solicitar permiso ni iniciar un proceso previo de cobranza.
¿Qué es una deuda tributaria exigible?
Una deuda tributaria se considera exigible cuando el plazo de pago ha vencido y el contribuyente no ha cumplido con su obligación. Esto incluye el monto original, intereses y demás accesorios.
En estos casos, la SUNAT podrá imputar automáticamente los fondos de tus cuentas de detracciones al pago de esa deuda, reduciendo el saldo disponible sin necesidad de ejecutar medidas adicionales.
¿A quiénes aplica?
La nueva facultad de la SUNAT aplica a:
- Personas naturales
- Empresas de cualquier tamaño
que tengan deudas tributarias exigibles.
🚫 Un punto importante: las micro y pequeñas empresas (MYPES) no están incluidas en esta medida, por lo que mantienen la protección legal anterior sobre sus fondos de detracciones.
¿Cuál es el propósito de la medida?
El principal objetivo de esta reforma es reforzar la recaudación fiscal y asegurar que los fondos depositados en las cuentas de detracciones realmente se utilicen para pagar tributos pendientes en lugar de quedarse sin destino claro.
Esto también contribuye a reducir la evasión fiscal y mejorar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
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